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  • Funcionamiento UT
  • Protocolo eventos
  • Representación Territorial
  • Recompensas y Distinciones
  • Uniformidad.

Protocolo de Estructuras
                Territorial y Orgánica

Desarrollo Territorial:
Funcionamiento
La OMECT está  dividida en Unidades Territoriales (UT) o Prioratos, en un total de 19, que van en consonancia con las Comunidades Autonómicas del desarrollo territorial Español.
Cada Unidad Territorial podrá ponerse en funcionamiento cuando estén compuesta por un mínimo de seis hermanos, teniendo en cuenta que al menos uno debe de haber sido investido Caballero.
Se creara un Consejo Provincial, que estará formado por las diferentes Encomiendas de las Provincias correspondiente a esa UT.
Este Consejo estará formado por el responsable de la UT y tendrá cinco miembros que formaran su Consejo que serán elegidos por el Comendador General y que serán
1/Administrador
2/Proyectos/secretario
3/Captación de hermanos

4/Relación Iglesias y actos ceremoniales, deberá de estar aprobado por el canciller Nacional
5/Protocolo de eventos que deberá ser aprobado por el M. Ceremonias.
Todos los actos y eventos de cualquier índole deberán de ser una vez aprobado por el Consejo Provincial, aprobados por el Mariscal Nacional y sancionados por el Maestre Nacional, antes de su realización y de llevarse a efecto, con tiempo suficiente.
Las UT deberán  llevar unos libros:
1/Registro de Miembros
2/Control y Movimiento de las Cuentas y Gastos
Cualquier gasto o inversión deberá ir acompañado de un informe, que además de ser aprobado por el Consejo Provincial, deberá llevar la autorización del Arcarius, el C.N. y el Maestre
3/Libro de Actas.
Todas las reuniones que realicen tanto el Consejo Provincial como las Encomiendas en su respectiva  UT  deberán de completar las Actas respectivas, de la siguiente forma, deberán de enviar una copia firmada por todos los miembros al C. General y otra al Senescal Nacional de la Orden.
Tendrán una cuenta corriente a nombre de la Orden, cuando el número de miembros supere la veintena. El Comendador tendrá firma pero deberá ir acompañada de otra firma del Consejo, nunca podrá utilizar un Comendador la doble firma por pertenecer  al CN

 
Esta deberá ser presentada al Mariscal Nacional que es el responsable de todas las UT  y una vez dado el visto bueno serán ratificados por el Consejo Permanente y sancionados por el Maestre Nacional
Estos cargos Provinciales serán elegidos por Comendador  General y ratificados por el Consejo Provincial.
Deberá enviar los cargos para su aprobación por el Mariscal y este informar al Maestre para su sanción.
Los Comendadores Generales serán elegidos por el  Consejo Provincial y ratificados por el Consejo Nacional o en su defecto por el Permanente y sancionado por el Maestre nacional
Existirá un Comendador  Regional. Será  elegido por el Consejo Permanente. Los Comendadores de Encomienda  serán elegidos por los miembros de la Encomienda,  ratificado por el General que pasara la información al Mariscal y este a su vez al Maestre Nacional que  sancionara el nombramiento,  cada cuatro años podrán  ser reelegidos
Las encomiendas estarán formadas por nueve  Caballeros o Damas, entre ellos será elegido el Comendador de Encomienda y estas encomiendas serán controladas y informadas por el Comendador Regional que será el puente entre ellas y el Comendador General, serán elegidos cada cuatro años, aunque podrán ser destituidos por sus miembros y mediante informe al Regional y este al General, que lo enviara el Senescal  Nacional para su información, que deberá remitir un informe al Mariscal Nacional y este al Maestre de todos los motivos que han ocasionado esta acción.

 

 

Los votos de los miembros de la Encomienda deben ser por mayoría.
Si esto fuera por motivos no muy claros el perjudicado podría reclamar formar el Juicio Templario para poder mantener su honor limpio y su grado
De todas las formas las UT deberán dirigir sus esfuerzos y trabajos a realizar los fines y las expectativas de la Orden, al margen de que puedan presentar otras  acciones  siempre que  estén aprobados y sancionados por el C.N.
Las UT no podrán realizar ningún tipo de acciones  y a ningún nivel sin que sea aprobado por el C.N y sancionada por el Maestre.
Las sanciones deberán llevar una tramitación:
El superior inmediato pasara información, con un expediente de los hechos a su inmediato superior hasta llegar al General, que este solicitara la sanción que las Normas exigen, al Senescal Nacional que mediante informe convocara la reunión de Urgencia del Consejo del Mariscal y el Maestre y tomaran la resolución que la falta exija. Teniendo en cuenta que siempre se podrá solicitar el Juicio Templario.
Los Comendadores Generales, no podrán investir, ni intervenir en ninguna otra UT, si el C.N.y el Maestre no se lo soliciten.

Los Comendadores Generales, podrán asistir a los Consejos Nacionales, con voz pero sin voto.

 

 

 
 

 

La Formación Orgánica  de la OMECT

La Estructura Orgánica de la Omect, es la siguiente:
Es formada por:
Maestre Nacional
Consejo Nacional
Consejo Permanente


Consejo Provincial..
Regionales
Bailías
Encomienda

 

 

Cargo y Oficiales de la OMECT

Maestre Nacional                                        cuatro cruces
Mariscal Nacional                              Tres cruces   cordón dorado
Senescal Jurídico Nacional                Dos cruces    cordón dorado
Comendadores del Consejo Nacional  Dos cruces    cordón colorado
Comendadores Provinciales                        “            cordón Blanco
Comendadores Regionales                   Una Cruz     cordón verde
Comendadores de Bailías.                Una Cruz con dos coronas
Comendadores de Encomienda                    “     una corona y cordón azul oscuro
Caballeros y Damas
Sargentos de 3 Nivel (Vicecomendador)  tres palos dorados cordón negro
Sargentos de 2 Nivel                                   dos palos dorado
Sargentos de 1 Nivel                                   un palo dorado
Escuderos                                   Un Alba con la cruz paté en el pecho.

 

 

Existe una normativa de  méritos de la Orden, que se adjunta a esta Normativa y que se adjuntara a los Protocolos de Uniformidad y Símbolos y  Eventos.

Se puede ser sargento, todas las personas menores de 25 año que no estén suficientemente preparada, deberá ocupar el nivel que le corresponda según su formación. También podrán ocupar cualquier persona que así lo solicite aunque sea mayor de 25 años.

Desde el tercer nivel se puede acceder al grado de caballeros, mediante un curso y un informe de su inmediato superior y del General de la UT, al C.N y Preceptoria.

Los Escuderos serán menores con la autorización de sus tutores que irán aprendiendo la historia del Temple y el funcionamiento de una Orden Templaría

El Maestre nacional

 

 

La Omect cuenta con miembros en practicamente todas las comunidades autonomas Españolas, a continuación detallamos los comendadores de los Prioratos ya nombrados del territorio Nacional.

 

 

 

 

 

 

 


 

REGLA ORATORIA TEMPLARIA

 

Se ha desarrollado una Guía Espiritual y Desarrollo Personal para aquellos Templarios, que deseen buscar esta necesidad dentro de la OMECT

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